• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 5186/2023
  • Fecha: 15/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Competencia funcional. La Sala IV aprecia de oficio la falta de competencia funcional y las razones que ofrece la sentencia de casación son: 1) No cabe recurso de suplicación frente a la sentencia dictada en modalidad procesal de MSCT aunque incorpore reclamación de cuantía superior a 3.000 € derivada de aplicar la decisión empresarial impugnada, tras la STS Pleno 556/2023, de 14/09. 2) No concurre afectación general.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 456/2024
  • Fecha: 15/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se interpone demanda en materia de prestaciones por desempleo derivadas de la prórroga de un ERTE asociado a la pandemia del Covid. Por la Sala IV se examina la recurribilidad de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social y sostiene que la cuantía litigiosa no supera el umbral para acceder al recurso de suplicación. Asimismo, tampoco consta acreditado ni es notorio la existencia de numerosos litigios similares al presente que justifiquen el acceso al recurso de suplicación. Concluye que la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social no era susceptible de recurso de suplicación ni por la materia, ni por la cuantía, ni por el cauce de la litigiosidad masiva, por lo que la Sala de suplicación no debió admitir el recurso al carecer de competencia funcional. Aprecia de oficio que la sentencia dictada en instancia por el Juzgado de lo Social no es recurrible, declara su firmeza, casando y anulando la dictada por el TSJ.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MARTINEZ MOYA
  • Nº Recurso: 3387/2023
  • Fecha: 15/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Prescripción. Las trabajadoras presentaron una papeleta de conciliación por reclamación de cantidad. Se celebró la conciliación administrativa a la que no compareció la parte demandada. Presentaron demanda y el día del juicio no comparecieron por lo que se las tuvo por desistidas. Presentaron entonces nueva papeleta de conciliación y nueva demanda. La sentencia de instancia y la de suplicación apreciaron prescripción por entender que la interrupción no subsistía tras el desistimiento. Sin embargo, el Tribunal Supremo aplica su consolidada doctrina citando la STS 27-12-2011 (rec. 1113/2011) y resuelve que no concurría prescripción. Recuerda que el art. 1973 CC recoge, entre otras causas, la interrupción de la prescripción por el ejercicio de acciones ante los Tribunales; que el desistimiento solo implica una renuncia a seguir en el proceso pero no al ejercicio de la acción que se mantiene viva; que ninguna incidencia tiene que no se haga con reserva de acciones puesto que se trata de una mera cláusula de estilo; que expresamente se contempla en la Ley que la solicitud de conciliación interrumpe y que en este asunto la interpretación debe hacerse con criterio estricto. Por todo ello estima el recurso, casa y anula la sentencia recurrida y retrotrae las actuaciones a fin de que el Juzgado dicte nueva sentencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 4852/2023
  • Fecha: 15/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La falta de reconocimiento por parte del INSS del complemento de maternidad solicitado por el progenitor varón genera en éste un daño moral por haberse vulnerado derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo, obligándole a acudir a la vía judicial para el reconocimiento del complemento, lo cual debe ser resarcido mediante una indemnización fijada en 1.800 €. Reitera doctrina establecida, entre otras, en STS, Pleno, 977/2023, de 15 de noviembre (rcud 5547/2022).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISABEL OLMOS PARES
  • Nº Recurso: 112/2023
  • Fecha: 09/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso de la empresa demandante, si bien con voto particular, y se confirma la desestimación de la demanda sobre impugnación de actos administrativos en materia laboral y SS. En casación la cuestión suscitada es la relativa a la competencia funcional de la Sala para abordar el motivo del recurso que pretende la nulidad de actuaciones por quebrantamiento de las normas reguladoras de la sentencia con resultado de indefensión, siendo que, el objeto del procedimiento es la impugnación de una resolución del SPEE, correspondiente a la aportación económica (liquidación) a realizar por la mercantil demandante como consecuencia de haber realizado un despido colectivo con beneficios que afectó a trabajadores de cincuenta o más años, por importe de 20.140,59 euros, inferior a 150.000 euros. La Sala IV en interpretación coordinada de los preceptos de aplicación relativos a la configuración legal de los recursos, concluye, en orden a obtener la tutela judicial efectiva, que procede admitir el recurso a los solos efectos de resolver el motivo de nulidad. No se constata defecto de motivación o arbitrariedad alguna en la sentencia recurrida, pues la misma toma en cuenta el contenido de la resolución administrativa impugnada, al no haber dato que justifique que no sea cierto lo afirmado por el SPEE en la referida resolución. En cuanto al fondo del asunto se declara que la sentencia no es recurrible por razón de cuantía litigiosa- falta de competencia funcional -.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISABEL OLMOS PARES
  • Nº Recurso: 83/2023
  • Fecha: 08/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Boehringer Ingelheim SA interpuso demanda contra la resolución del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que le reclamaba una aportación económica de 58.473,39 euros correspondiente a la anualidad 2016 derivada de un expediente de regulación de empleo (ERE) instando la nulidad o subsidiariamente su minoración. El TSJ de Madrid desestimó la demanda confirmando la validez de la liquidación. La empresa interpuso entonces recurso de casación ordinaria alegando vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por indefensión, error en la valoración de hechos e infracción de normas procesales y sustantivas. El Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal cuestionaron la competencia funcional. La Sala, no obstante, admitió el recurso únicamente para resolver el motivo relativo a la supuesta nulidad de actuaciones porque era evidente la falta de competencia puesto que la cuantía era inferior al límite legal para recurrir en casación en estos casos (art. 206.1 LRJS). Sin embargo, consideró que ninguna indefensión se había producido ya que la empresa mostró su conformidad a que se celebrara una vista para las cinco demandas presentadas, no consta que presentara prueba solo en relación a la primera, no consta protesta si no se le dio traslado y el error de incorporar un documento que nada tenía que ver con el procedimiento no conlleva la nulidad. Se desestima así el recurso de casación y se confirma la sentencia de instancia. Voto particular sosteniendo que al no alcanzarse la cuantía mínima para la casación, el Tribunal debía haber declarado su falta de competencia y no haber entrado a resolver sobre la nulidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FELIPE SOLER FERRER
  • Nº Recurso: 4308/2024
  • Fecha: 07/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso y confirma la sentencia de instancia, que a su vez desestimó la demanda de pensión de viudedad por caducidad de la acción, ya que, ocurrido el fallecimiento del causante en 1992, la solicitud de pensión por la persona que había convivido de hecho con el causante se presentó en 2022, transcurrido el plazo de un año otorgado al efecto en ley de 4 de diciembre de 2007, que finalizó el 31 de diciembre de 2008.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 243/2023
  • Fecha: 07/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia apuntada resuelve los recursos de casación de FE-CC.OO. e Ilunion contra la SAN 94/2023. Estima que la modalidad de impugnación de convenio es idónea también para dilucidar la concurrencia entre convenios de modo que no procedía la inadecuación de procedimiento apreciada de oficio por la Audiencia Nacional. En el fondo, declara que el XV Convenio general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad mantuvo su vigencia tras 31-12-2021 por denuncia y negociación viva (art. 86.3 ET y cláusula de ultraactividad) hasta la entrada en vigor del XVI; por la regla cronológica del art. 84.1 ET, ese convenio sectorial tiene preferencia aplicativa frente al I Convenio de empresa de Ilunion, salvo en las materias de prioridad del art. 84.2 ET donde sí rige el convenio de empresa. Rechaza la nulidad de los arts. 12, 17, 26, 27 y DA 1.ª del convenio de Ilunion las remisiones al convenio estatal de servicios auxiliares no son ilegales; en su caso resultan simplemente inaplicables por concurrencia y desestima la impugnación del art. 35 (horas extraordinarias) por respetar la prohibición específica de la relación especial. En consecuencia, casa y anula la SAN, estima parcialmente la demanda: declara la inaplicación del I Convenio de Ilunion y de sus tablas 2023, excepto en las materias con prioridad del art. 84.2 ET.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 226/2023
  • Fecha: 07/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tutela de derechos fundamentales: la Asociación Sindical Independiente presenta demanda de tutela contra la Dirección General de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Madrid, en virtud de la cual impugna la comunicación efectuada por el organismo público relativa a la publicidad de preavisos y actas electorales por considerar que vulnera la libertad sindical en su vertiente de derecho a la información del sindicato accionante. La demanda fue desestimada por el TSJ Madrid por extemporánea. Recurren en casación, y la Sala de lo Social del Tribunal Supremo desestima el recurso por considerar que su derecho había caducado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA ORELLANA CANO
  • Nº Recurso: 2339/2024
  • Fecha: 04/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala Cuarta del Tribunal Supremo desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía contra la sentencia del TSJ de Andalucía (Granada) que había confirmado la condición de trabajadora indefinida no fija de la demandante, contratada en 2017 como interina por vacante. El Alto Tribunal recuerda que, para que el recurso prospere, es indispensable la existencia de contradicción entre la resolución impugnada y la de contraste (art. 219 LRJS) y constata que tal presupuesto no concurre: en la sentencia comparada la plaza sí fue cubierta y el contrato se extinguió a los tres años y nueve meses, mientras que en el caso presente la vacante sigue sin cubrirse más de cinco años después y la relación permanece vigente, de modo que los hechos y la pretensión carecen de identidad sustancial. Al no haberse acreditado la contradicción y haberse superado ampliamente el plazo de tres años fijado por la doctrina iniciada en la STS 649/2021 sin circunstancias extraordinarias que lo justifiquen, se confirma la declaración de indefinida no fija respaldada en suplicación y se impone a la Administración recurrente las costas de 1.500 €, declarando firme la sentencia de instancia.

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